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¿que es la Obligacion de Vender?

Orange - Media Markt
Madrid - Madrid


  Quiero comprar un movil Orange en MediaMarkt de Madrid pero me dicen que la oferta esta agotada
  ¿qué puedo hacer?



Comentarios de otros usuarios (máximo dos comentarios adicionales):
  1- Comentario del usuario Recibido en MQE:
  Tienen que darte uno igual o uno sustitutivo al mismo precio (si no quieres esperar).
  Te facilito la normativa.
  
  Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista.
  Artículo 9 Obligación de vender
  1. La oferta pública de venta o la exposición de artículos en establecimientos comerciales constituye a su titular en la obligación de proceder a su venta a favor de los demandantes que cumplan las condiciones de adquisición, atendiendo, en el segundo caso, al orden temporal de las solicitudes. Quedan exceptuados de esta obligación los objetos sobre los que se advierta, expresamente, que no se encuentran a la venta o que, claramente, formen parte de la instalación o decorado.
  2. Los comerciantes no podrán limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen. En el caso de que, en un establecimiento abierto al público, no se dispusiera de existencias suficientes para cubrir la demanda, se atenderá a la prioridad temporal en la solicitud.
  
  http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l7-1996.t1.html
  
  
  Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  
  http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-2007.l1t4.html
  
  
  
  Decreto 130/2002, de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid.
  
  Artículo 37 Deber de información
  1. La venta de promoción deberá ir precedida o acompañada de la suficiente información al público, en la que deberá figurar con claridad:
  · a) El producto o productos objeto de promoción.
  · b) Las condiciones de venta.
  · c) El período de vigencia de la promoción.
  · d) Disponer de existencias suficientes para hacer frente a la oferta, para lo cual la empresa promocionadora dispondrá de un número de productos razonablemente superior a lo que habitualmente vende cuando éstos no están en promoción.
  Si llegaran a agotarse durante la promoción las existencias de alguno de los productos ofertados, el comerciante podrá prever el compromiso de la reserva del producto seleccionado durante un plazo determinado, en las mismas condiciones y precio de la oferta. No obstante, si el comprador no estuviese conforme con dicha medida, o transcurriese el plazo de la reserva sin que el comerciante hubiese podido atender la demanda, el producto solicitado deberá sustituirse por otro de similares condiciones y características, al mismo precio.
  2. En el establecimiento en el que se desarrollan las ventas de promoción, deberá figurar la información del apartado anterior, con total claridad y ubicado en sitio perfectamente visible para el público.
  
  http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ma-d130-2002.html