COMENTARIOS PUBLICADOS
Puede mi abogado presentar escritos sin mi Consentimiento? SI
Queja - Publicada directamente
Colegio de Abogados
Madrid - Madrid - Madrid
Recibido en MQE - 2010-10-20 - 4 lecturas
Num: 1291721660.71873::mqe
Ojo: Tu propio Letrado puede presentar escritos en tu nombre sin necesidad que tu los apruebes.
El lunes, 20 de septiembre de 2010 presenté al Consejo General de la Abogacía Española (Paseo Recoletos 13, 28004 Madrid, España, Tfno: 91 523 25 93, www.cgae.es) la siguiente consulta:
¿Puede el cliente pedir al Letrado que le representa, que le facilite una copia del escrito que se va a presentar en su nombre, antes de que el abogado se la remita al procurador?
¿Tiene el letrado la obligación de remitirle una copia a su cliente (para verificar los datos y evitar errores) antes de entregársela a su procurador?
Contestación del: Consejo General de la Abogacía Española (18 octubre 2010)
Muy Sr. mío:
Acusamos recibo a su correo electrónico de fecha 20 de septiembre de 2010,
registrado de entrada en este Consejo General ese mismo día 20, con el
número 08169, y le comunicamos que, si bien, en la Carta de Derechos de los
Ciudadanos ante la Justicia, se establece que el ciudadano tiene derecho a
obtener de su Abogado información precisa y detallada sobre el estado del
procedimiento y de las resoluciones que se dicten, no debe olvidarse que toda
relación entre cliente y Abogado debe basarse en la mutua y recíproca confianza.
Además, tanto el Estatuto General de la Abogacía Española como el Código
Deontológico de la Abogacía preceptúan que el Abogado es independiente en el
ejercicio de su profesión, y por ello, debe y puede tomar las decisiones que
estime convenientes, con el fin de proporcionar la mejor defensa de los intereses
encomendados, según su leal saber y entender, sin injerencias de terceros.
De todo lo expuesto, debe concluirse que el derecho que tiene todo ciudadano de
estar informado por su Abogado, debe ser ponderado con la independencia del
Letrado, y la confianza y el respeto mutuo que debe existir en la relación entre
cliente y Abogado.
Fdo: Servicios Jurídicos
Comentarios de otros usuarios (máximo dos comentarios adicionales):
1- Comentario del usuario mujer52: leer este comentario podemos decir con respecto a la ley de la deontologia, algunos letrados vulneran la ley y abusan de la confianza de su cliente ,porque segun la ley que sin un apoderamiento( apud ) firmado por el cliente que le autorice un poder para litigar ,no puede ejercer en su nombre ningun poder sin consentimiento del cliente en perjuicio de los intereses del cliente, ningun letrado tiene derecho de afectar a su cliente ,el cliente tiene derecho de cambiar de letrado cuando lo entienda oportuno cuando existe abuso de confianza y incompatibilidad no todos los letrados cumplen con la regla de la deontologia,en mi caso mi proceso fue mal llevado desde el principio ante la indefesion encima toman decisiones sin mi consentimiento y sin embargo la otra persona sabe todo ,siendo la misma ley ,una cosa es la ley de la constitucion española y otra cosa es la realidad,que vulneran tus derechos sistematicamente ,por favorecer al otro ,tambien el ciudadano tiene derecho denunciar cuando se ve afectado por los abusos judiciales ,como lo estoy viviendo dictan sentencias sin haber un juicio sacas tu propias conclusiones ,se tiran la tohalla y desamparan al ciudadano,la justicia tiene que ser igual para todos juzgar y ser juzgado como dice el art 117ce,tambien dice la regla de la deontologia ,que el letrado tiene que respectar el mandato de su cliente y defender sus derechos legitimos fundamentales y sin embargo no se cumple.si consideras que tus derechos se estan vulnerando sigues luchando con la verdad ,los letrados y jueces tienen que respetar las leyes ,no vulnerar tus derechos.
animo y queremos una justicia mas justa ,legal y transparente.
mujer52.
2- Comentario del usuario Clara: El abogado es un mero intermediario, el Cliente es quien dirige. Ver queja:
http://miqueja.es/mqe/busqueda.pl?id=1291757774.41982::mqe