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ALTERNATE incumple la Legislacion 2/2

ALTERNATE Ordenadores España, S.L.
Camino de lo Cortao 34 - San Sebastian de los Reyes - Madrid


  Condiciones generales de venta, aprobadas por la empresa ALTERNATE (que figuran en la parte trasera de la factura):
  ?6: derecho de desistimiento: en ventas a distancia el cliente podrá desistir libremente del contrato dentro del plazo de 7 días desde la recepción del producto. El cliente podrá solicitar la devolución del precio mediante ingreso en cuenta ...?
  ?Para la devolución de artículos adquiridos en tienda, podrá durante los siete días siguientes a la recogida de adquisición, siempre que tenga la consideración recogida en articulo 1.2 de la ley 26/1984. El Cliente recibirá un vale de compra canjeable en un periodo de 3 meses?.
  La limitación de los vales a una duración de 3 meses, lo considero como un abuso de ALTERNATE por Posición Dominante.
  Por lo tanto, si decidiera comprar un producto a distancia (empleando el vale entregado por el establecimiento) y posteriormente pidiera la devolución, me lo tendrían que reintegrar en mi cuenta corriente.
  
  el apartado número 6. 2, obligando al usuario a devolver el producto ?con el embalaje original intacto?, no considero que se ajusta a la normativa vigente, pues el consumidor para probar el producto debe de abrir el embalaje.
  
  Compruebo que la tienda incumple con la normativa vigente: decreto 130/2002 artículo 37, apartado 2.
  Artículo 37 Deber de información
  1. La venta de promoción deberá ir precedida o acompañada de la suficiente información al público, en la que deberá figurar con claridad:
  ....
  d) Disponer de existencias suficientes para hacer frente a la oferta, para lo cual la empresa promocionadora dispondrá de un número de productos razonablemente superior a lo que habitualmente vende cuando éstos no están en promoción.
  Si llegaran a agotarse durante la promoción las existencias de alguno de los productos ofertados, el comerciante podrá prever el compromiso de la reserva del producto seleccionado durante un plazo determinado, en las mismas condiciones y precio de la oferta. No obstante, si el comprador no estuviese conforme con dicha medida, o transcurriese el plazo de la reserva sin que el comerciante hubiese podido atender la demanda, el producto solicitado deberá sustituirse por otro de similares condiciones y características, al mismo precio.
  2. En el establecimiento en el que se desarrollan las ventas de promoción, deberá figurar la información del apartado anterior, con total claridad y ubicado en sitio perfectamente visible para el público.
  ALTERNATE no dispone de ningún cartel informando de este apartado.
  
  Solicito: Seguro que ha sido un mal entendido con la empresa.
  Dado que no resido en San Sebastián de los Reyes, solicito me sea devuelto el cargo en la tarjeta de crédito (con la que pagué la factura) para evitarme otro desplazamiento.
  Que la empresa ALTERNATE actualice sus ?Condiciones Generales de Venta?.
  Dada mi indignación, publico esta queja en www.miQUEJA.es. Cuando se resuelva mi reclamación, convertiré mi queja en una felicitacion.