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Casco Obligatorio para ciclista en Madrid, pero no siempre

Ayuntamiento de Madrid
Madrid - Madrid


  ¿porqué el Ayuntamiento de Madrid obliga a los ciclistas a llevar casco, y en cambio no es obligatorio si conduces una bici propiedad del Ayuntamiento?
  
  Se supone que el uso obligatorio del casco es para proteger al ciclista de posibles daños en un accidente. Partiendo de la premisa lógica que un ciclista que utiliza su propia bicicleta, está familiarizado con ella, y se supone que conoce las vias o zonas donde está circulando, y que el usuario ocasional de una bici del Ayuntamiento, ni está familiarizado con ella y lo que es peor, en caso de turistas, el desconocimiento de calles y tráfico de la ciudad.
  
  ¿NO SERÍA OBLIGATORIO EN MAYOR MEDIDA LA IMPOSICIÓN DEL USO DEL CASCO EN ESTE SEGUNDO CASO?
  CAPÍTULO II.- CINTURÓN, CASCO Y RESTANTES ELEMENTOS DE SEGURIDAD
  Artículo 118.- Cascos y otros elementos de protección. 1. (...) Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor. Los conductores de bicicletas en competición, y los ciclistas profesionales, ya sea durante los entrenamientos o en competición, se regirán por sus propias normas.
  



Comentarios de otros usuarios (máximo dos comentarios adicionales):
  1- Comentario del usuario Recibido en MQE:
  Todos deberian de llevar casco en bici pero la norma solo obliga a los menores de 16 años:
  te facilito el enlace de un articulo en EL Pais:
  http://politica.elpais.com/politica/2014/05/08/actualidad/1399547876_923371.html
  
  
  El casco ciclista para menores de 16 es obligatorio desde este viernes
  Con la entrada en vigor de la nueva ley de tráfico se endurecen las penas por alcohol
  La recién estrenada norma prohíbe los detectores de radar
  ? Veinte nuevas normas de tráfico que ha aprobado el Congreso
  PATRICIA R. BLANCO Madrid 8 MAY 2014
  
  Los menores de 16 años deben llevar, a partir de este viernes, casco ciclista siempre que circulen en bicicleta por ciudad, de acuerdo con la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, aprobada el pasado 20 de marzo en el Congreso de los Diputados, que entra en vigor este 9 de mayo. No llevarlo supondrá una multa de 200 euros, que tendrán que pagar los tutores legales del menor.
  
  
  
  Aprovecho para quejarme de la ley que puede confundir por liosa:
  
  Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  
  Artículo 47 Cinturón, casco y restantes elementos de seguridad
  1........ Los conductores y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los supuestos y con las condiciones que reglamentariamente se determinen, siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años, y también por quienes circulen en vías interurbanas.