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Secadora Bosch WTC84101EE promocion Pala Padel en Darty

Bosch
Valdemoto - Madrid


  El dia 23 de abril puse una reclamacion a www.bosch-home.es, num.40201. A continuación le expongo el motivo de la queja:
  
  El día 9-11-2011,compré una secadora BOSCH WTC 84101EE en la tienda Darty del Centro Comercial Nassica, de Getafe, me informan de la promoción: 'por la compra de la secadora Bosch WTC 84101EE en cualquier establecimiento Darty recibirás una pala de padel totalmente gratis'. Envié por carta el cupón promocional y fotocopia del ticket de compra.
  El día6-3-2012, como no tenía información al respecto les envié un correo.
  El día 16-03-2012, BOSCH me pide que envíe nuevamente los datos del cupón para verificar la información, lo que realizo el 22-03-2012.
  El día 30-03-2012 BOSCH me informa que 'la solicitud llegó fuera de plazo por fin de existencias'.
  El mismo día le envío un correo indicando que en el folleto de la promoción el plazo era hasta el 30-11-2011 y no se menciona nada sobre las existencias limitadas(adjunté el cupón promocional donde no indica nada al respecto), asimismo les pido me envíen las bases donde se indica ese hecho, o de lo contrario me indiquen la manera de poner una reclamación.
  Desde dicho día 30-03-2012 no he recibido ninguna respuesta al respecto, por lo que presenté la reclamación 40201 a través de la página web.
  Cada vez que me he puesto en contacto telefónicamente para informarme del estado de la queja he obtenido una 'excusa' diferente, sin que hayan llegado a darme una solución, incluso me han tenido mas de 20 minutos esperando con el hilo musical, por lo que puse la reclamación nº 40428, solicitando me envíen por e-mail una copia de la queja anterior
  El dia 10-05-2012 mando por e-mail y por fax ticket de compra por las dos caras y nota de entrega, junto con el cupon promocional, pero sigo sin recibir respuesta.
  No se cuantas quejas pueden tener en Bosch, puedo imaginar que muchas y mas que tendran..., pero me parece lamentable el tiempo de espera. Mi secadora funciona bien pero me siento totalmente engañade y no recomendaria a nadie comprar electrodomesticos Bosch.



Comentarios de otros usuarios (máximo dos comentarios adicionales):
  1- Comentario del usuario kevin633:
  Buenas tardes,
  
  Considero que efectivamente la actitud de la empresa no es normal porque viene obligada por la promoción que realizó, donde en ningún momento se aludía al fin de existencias.
  
  Puedes encontar mayor información acerca de tus derechos en la siguiente página web:
  
  http://www.consumo-inc.gob.es/guiaCons/home.htm?id=40
  
  Buena suerte
  Kévin

  2- Comentario del usuario kevin633:
  Cuando en una promoción se obsequia un regalo hay una normativa que cumplir.
  
  Alguna Normativa (no sé si todavía es Vigente):
  Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la defensa de los consumidores y usuarios
  CAPÍTULO III, Protección de los intereses económicos y sociales,
  Artículo 8, 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si el contrato celebrado contuviese cláusulas más beneficiosas, éstas prevalecerán sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad.
  Artículo 10, 2. Cuando se ejerciten acciones individuales, en caso de duda sobre el sentido de una cláusula prevalecerá la interpretación más favorable al consumidor.
  LEY 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
  Artículo 1. Modificación de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
  Tres. Se modifica el artículo décimo, suprimiendo su apartado 4 y dando a su apartado 2 la siguiente redacción:
  «2. Cuando se ejerciten acciones individuales, en caso de duda sobre el sentido de una cláusula prevalecerá la interpretación más favorable al consumidor.»
  Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. CAPÍTULO II. ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL,
  Artículo 4. Cláusula general. 1- ........ Igualmente, a los efectos de esta Ley se entiende por distorsionar de manera significativa el comportamiento económico del consumidor medio, utilizar una práctica comercial para mermar de manera apreciable su capacidad de adoptar una decisión con pleno conocimiento de causa, haciendo así que tome una decisión sobre su comportamiento económico que de otro modo no hubiera tomado.
  Artículo 5. Actos de engaño. Se considera desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico,..
  
  Suerte