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Defensor Pueblo protege a los Menores

Defensor Pueblo
c/ Zurbano 42, 28010 Madrid - Madrid - Madrid


  Adjunto facilito carta del Defensor del Pueblo respecto a las periciales
  sicosociales realizadas a los Menores en caso de Divorcio, por los equipos
  sicosociales de los Juzgados de Familia:
  
  Estimado Sr.:
  Nos ponemos nuevamente en contacto con Vd. como continuación a anteriores
  comunicaciones, en relación con la queja que tiene planteada ante esta Institución
  con el número de referencia que se cita al margen.
  
  Tal y como pusimos en su conocimiento, el Defensor del Pueblo, a la vista de la
  queja por Vd. formulada, inició la oportuna investigación pidiendo los pertinentes
  informes a la Administración y Organismos con competencia en la materia.
  Finalizada esta amplia investigación, y a la vista de los informes recibidos, esta
  Institución ha considerado necesario remitir una Recomendación al Ministro de
  Justicia, considerando conveniente que en una próxima reunión de la Conferencia
  Sectorial en Materia de Administración de Justicia, que debe ser convocada por el
  titular de ese Ministerio, se incluya un punto específico en el orden del día sobre
  la temática planteada, en el sentido de:
  
  1. Que se adopten las medidas oportunas para dotar de medios humanos y
  materiales suficientes a los equipos psicosociales que prestan sus servicios en
  todos los órganos judiciales con competencias en materia de derecho de familia en
  el territorio nacional.
  
  2. Que en la selección del personal integrante de estos equipos, tanto en el
  ámbito estatal como autonómico, se valore la especialidad en psicología forense de
  los aspirantes, exigiendo siempre una cualificación y formación adecuada.
  
  3. Que en la medida de lo posible, se impartan a estos profesionales cursos de
  reciclaje y formación continua.
  
  4. Que desde la Administración Central, en concurrencia con los órganos
  competentes de las distintas Comunidades Autónomas, se realice un estudio sobre los
  procedimientos y protocolos existentes en los distintos territorios y se trate de
  unificar los mismos, siendo aconsejable que se establezca como requisito que en
  todas las actuaciones que se lleven a cabo, se informe con precisión a los
  ciudadanos del contenido y alcance del informe.
  
  5. Que se efectúe un seguimiento del tiempo medio que se invierte en la
  realización de los informes y se adopten las medidas precisas, a fin de evitar, en
  lo posible, demoras excesivas en la elaboración de los mismos, asegurando asimismo
  que se realicen con la máxima garantía y transparencia para el ciudadano,
  salvaguardando en todo momento el interés de los menores que se puedan ver
  afectados en estos procedimientos.
  
  Una vez recibamos la oportuna contestación, le daremos traslado de su contenido a
  los efectos previstos legalmente.
  Reiterándole nuevamente nuestro agradecimiento por la confianza depositada en esta
  Institución, cordialmente le saluda,
  
  Defensor del Pueblo:
  On Line: Rellenar formulario disponible en 'Quejas por internet' en
  www.defensordelpueblo.es.
  
  Fax: (+34) 913081158.
  
  Correo: c/ Zurbano 42, 28010 Madrid