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CAPITULACIONES MATRIMONIALES 3de3.

Ministerio Justicia
Madrid - Madrid - Madrid


  6.2.-Cuando el domicilio conyugal sea propiedad de uno solo de los progenitores: el propietario conservará su propiedad. El que saliese del citado domicilio tendría derecho a una ayuda razonable por parte del otro para alquilarse una vivienda, durante 1 año, siempre que no se demuestre que puede disponer de un piso propio. Si el que saliera del domicilio no dispusiese de ingresos suficientes tendría derecho a una ayuda –pensión compensatoria- también razonable durante no más de 2 años por parte del otro.
  6.3.- Cuando el domicilio conyugal no sea propiedad de ninguno de los padres: ambos deberán buscar sendos pisos de alquiler, pudiendo si hay acuerdo quedar uno en ese piso y el otro buscar otro. Si el domicilio fuese heredado saldría del mismo el que no lo le hubiera correspondido en herencia.
  
  7.-AJUAR DOMÉSTICO COMÚN: se dividiría a partes iguales, previo inventario, entre ambos cónyuges.
  
  8.-PENSIONES COMPENSATORIAS: se establecerá una pensión razonable y limitada en el tiempo, si fuese necesaria, hasta que logre encontrar trabajo el padre/madre que en el momento de la ruptura estuviera desempleado; nunca más allá de 2 años.
  
  TERCERO. Las personas abajo firmantes, manifiestan conocer las múltiples posibilidades que ofrecen las Leyes Civiles (para contraer matrimonio, para disolverlo, o incluso para reconciliarse en caso de ruptura de la convivencia) sin necesidad de alegar ninguna causa añadida, al propio deseo que pueda tener una de las partes para romper dicha relación. En consideración a lo anterior y caso de denunciar este Convenio Regulador, los aquí reunidos manifiestan su voluntad de abstenerse de prácticas anómalas como puedan ser las Falsas Acusaciones de malos tratos, de abusos deshonestos, o de otra índole semejante. Si se denunciase alguno de los extremos anteriormente mencionados, ambas partes acuerdan para evitar posibles FALSAS DENUNCIAS, una indemnización de ........... euros a pagar a la parte acusada cada vez que se sobresean y archiven provisionalmente las Diligencias Previas abiertas tras la denuncia, mientras sea recurrible. Se añadirán otros ............ euros cada vez que tras recurso de la parte denunciante se vuelvan a sobreseer y archivar provisionalmente, mientras sea aún recurrible. Cuando el sobreseimiento y archivo sea firme sin opción a recurso, la indemnización pactada a favor del denunciado será de .......... euros, a los cuales se añadirán las cantidades anteriormente señaladas.
  
  CUARTO. Se establece como obligatorio, caso de pretenderse la ruptura del presente convenio, acudir a un SERVICIO DE MEDIACIÓN para evitar judicializar cualquier conflicto o desavenencia familiar. Se establece este punto como cláusula de indemnización para casos de incumplimiento de este Convenio por alguna de las dos partes sin el consentimiento del otro, en la cantidad de .............euros, que deberá ser abonado por quien de modo unilateral decida romperlo a favor de quien pretenda mantenerlo.
  
  Lugar, Fecha y Firmas